La pareja de hecho o unión de hecho consiste en la convivencia pública y estable entre dos personas de distinto o igual sexo, con intereses comunes en desarrollar una vida familiar, pero que no han contraído matrimonio. Sin embargo, a nivel estatal no existe una ley que regule las parejas de hecho.
¿Qué ventajas e inconvenientes de ser pareja de hecho?
Ser pareja de hecho facilita el obtener los derechos a los permisos laborales en caso de enfermedad, maternidad e incluso muerte de la pareja.
La mayor desventaja de ser pareja de hecho con respecto a estar casados es que no está permitido tributar en la opción de tributación conjunta en el IRPF, lo que quiere decir que no se podrá aplicar los beneficios fiscales que aprueban las Comunidades Autónomas.
Además, en el caso de sucesiones y donaciones la pareja de hecho no tiene derecho a heredar de su pareja, por lo que tener un testamento se hace obligatorio, y siempre se tendrá que respetar los derechos sucesorios de los herederos forzosos. En caso de matrimonio, el cónyuge viudo tiene derecho al usufructo del tercio de mejora.
Semejanzas entre pareja de hecho y matrimonio
Los obligaciones de los padres respecto a los hijos son las mismas en caso de matrimonio o pareja de hecho. En caso de ruptura, las medidas a tomar (sobre alimentos, custodia, régimen de visitas…) son las mismas. La única diferencia es el procedimiento judicial a seguir.
Los convivientes (pareja de hecho) disfrutan de los mismos permisos laborales que los cónyuges (matrimonio). Aunque en el supuesto de empresas privadas dependerá del convenio colectivo del sector de que se trate.
El conviviente de la pareja de hecho disfruta de los mismos derechos de asistencia sanitaria que tendría el cónyuge de un matrimonio.
Tanto los cónyuges como los miembros de las parejas de hechos pueden acceder a ayudas, becas y subvenciones.
¿Cómo inscribirse como pareja de hecho?
Hay 2 maneras formales para constituir una unión de hecho: bien por una escritura notarial o bien inscribiéndose en el registro de parejas de hecho.
Para inscribirse como pareja de hecho los dos deberán cumplir con estos requisitos:
—Ser mayor de edad.
—Que la pareja lleve uno o dos años de convivencia. Se acredita mediante declaraciones de convivencia firmadas por testigos.
—No estar casado.
—Que uno de los miembros esté empadronado en esa Comunidad Autónoma, lo que se acredita mediante certificado de empadronamiento.
—Que en el trámite de inscripción estén presentes dos testigos además de la pareja.
¿Cuánto tiempo hay que convivir para ser pareja de hecho?
La pareja, en la unión de hecho, deben llevar de uno a dos años de convivencia, dependiendo de la Comunidad Autónoma en la que se inscriban. Esta convivencia deberá ser acreditada por dos testigo el día de la inscripción.
¿Qué hay que hacer para dejar de ser pareja de hecho?
En una pareja de hecho constituida ante notario, solamente será necesario acudir a la notaría y de común acuerdo otorgar una escritura de disolución de pareja de hecho; pero ambos cónyuges deberán de estar de acuerdo en poner fin a su relación.