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Figueroa & Arpón

Abogados

Nuestro Trabajo

Somos un despacho de abogados ubicado en Adra (Almería) formado por un importante grupo de profesionales cualificados de primer nivel.

Una de las razones que nos hace líderes es el hecho de trabajar todos los ámbitos jurídicos, resolviendo y asesorando a nuestros clientes sea cual sea la índole del problema que nos presente. 

logo figueroa y arpón abogados

Áreas de Especialización

Civil

Abordamos la totalidad de las relaciones jurídico-privadas que componen el día a día de las personas a través de actos, contratos y negocios.

Mercantil

Regulamos la actividad de los comerciantes y sus relaciones comerciales, así como la creación de las empresas, sus actividades y su extinción.

Penal

Realizamos la interposición de denuncias, querellas criminales y procuramos a nuestros clientes la mejor y debida asistencia letrada.

Administrativo

Tenemos una dilatada experiencia en los diferentes procedimientos ante la Administración Pública y en la impugnación de las resoluciones emanadas por ella.

Laboral

Nos encargamos de acompañar, asesorar y defender técnicamente a un trabajador en los litigios que pueda tener con su empresa o ex empresa.

Fiscal

Tratamos todos los asuntos relativos a los impuestos (IVA, IRPF, Impuesto de Sociedades, etc.) que afecten a particulares o a empresas.

Seguros y Accidentes

Contamos con un departamento especializado en reclamación de indemnizaciones por los daños producidos en accidentes de circulación.

Reclamación de deudas

Te acompañamos y asesoramos durante todo el procedimiento judicial necesario para reclamar una deuda dineraria.

Bancario y Financiero

Asesoramos e intervenimos en la negociación, intermediación y contratación bancaria. Defendemos los intereses de las empresas frente a las entidades financieras.

Logro-despacho-de-abogados

Nuevo éxito para el despacho Figueroa y Arpon

 La socia fundadora Gádor Figueroa que ha sido publicado en todos los medios jurídicos de mayor tirada nacional y ha sentado jurisprudencia

La declaración de incapacidad permanente absoluta del empresario y la decisión de extinguir los contratos de sus empleados por tal invalidez no han de ser simultáneas. Así, la jurisprudencia permite un “plazo razonable o prudencial” entre ambos extremos para que el empleador evalúe sus opciones y adopte la mejor decisión.

Con este argumento, el Tribunal Supremo ha validado, en una reciente sentencia (cuyo texto puede consultar aquí), el cese de un trabajador que tuvo lugar diez meses después de la declaración de incapacidad absoluta de su jefa. Durante ese tiempo, la mujer trató de hacer viable el negocio, pero, finalmente, tuvo que despedir a sus empleados. Leer más…

Nuestro Blog

Despacho de Abogados en Adra

Natalio Rivas, 9 -2ª

950-604-306

figueroayarponabogados@gmail.com

Información

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Sobre Nosotros

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