Los contratos bancarios son un acuerdo donde participa una entidad bancaria con alguno de sus clientes, este puede ser una persona natural o jurídica. Este documento incluye los detalles de la operación o relación establecida entre ambas partes y un registro de los derechos y obligaciones de cada una.
¿Qué contratos bancarios existen?
Los tipos de contratos bancarios pueden ser los siguientes:
- De operaciones activas: Son documentos que regulan las transacciones donde el banco es acreedor. Nos referimos, por ejemplo, a un préstamo al consumo, una hipoteca, un crédito corporativo, entre otros.
- De operaciones pasivas: Son contratos mediante los cuales la institución capta recursos. Deben ser firmados, por ejemplo, por quienes abren una cuenta de ahorro o un depósito a plazo fijo. En este caso, el banco asume el rol de prestatario ante el cliente.
- De transacciones neutras: Cuando el banco no obtiene ni brinda financiamiento a su contraparte. Esto sucede, por ejemplo, en la custodia de valores. Por medio de dicho servicio, el banco notifica al inversor sobre las decisiones de su bróker. Así, el usuario conocerá dónde se colocó su dinero en el mercado bursátil. Igualmente, se garantiza el cobro de dividendos, sumando ese ingreso en la cuenta bancaria del contratante.
Operaciones activas
Las entidades conceden crédito, al entregar o poner a disposición de sus clientes las cantidades convenidas, y convertirse por tanto en acreedores de las mismas. Éstas deberán ser restituidas por los clientes en los plazos y condiciones contractualmente estipuladas.
Las principales operaciones activas son el préstamo y la apertura de crédito. Se puede incluir también el descuento bancario y el aval bancario, y otras operaciones financieras tales como el leasing o arrendamiento financiero, el factoring, o el renting.
Operaciones pasivas
Son operaciones donde el banco recibe crédito de sus clientes, y lo convierte en deudor de éstos por los capitales recibidos. El banco habrá de restituirles en los plazos y condiciones contractualmente estipuladas.
El principal contrato son el depósito bancario de dinero, las cuentas de ahorro, las libretas de ahorro y las imposiciones a plazo, pudiendo señalarse también en este ámbito el redescuento bancario.
Operaciones neutras
Están destinadas a facilitar o propiciar directa o indirectamente la realización de otras operaciones activas o pasivas. Por cuya realización el cliente paga una comisión.
Son ejemplos de este tipo de operaciones la cuenta corriente bancaria, la transferencia, el alquiler de cajas de seguridad, el depósito y administración de valores, entre otros.
Derechos al contratar un servicio bancario
Antes de firmar un contrato bancario tiene derecho a:
- Recibir información sobre las tarifas de comisiones bancarias, es decir, los gastos que te pueden cobrar. Esos datos deben estar registrados en el Banco de España y las entidades no podrán exigirte importes superiores a los notificados o cobrar por conceptos no incluidos en ellas, salvo excepciones, excluyendo de dicha verificación por parte del Banco de España a las operaciones de pago (transferencias, cuentas, recibos domiciliados y tarjetas).
- Recibir información sobre los tipos de cambio para operaciones de compraventa de divisas o de billetes extranjeros cuyo importe no supere los 3.000 euros.
- Pedir el folleto informativo gratuito de préstamos hipotecarios sobre viviendas.
- Obtener gratis ofertas vinculantes de la entidad en préstamos hipotecarios sobre viviendas, subrogaciones hipotecarias por cambio de entidad y crédito al consumo.
- Conocer los modelos de contrato de las operaciones o productos ofrecidos por las entidades.
- Recibir de la entidad de crédito toda la información necesaria para entender bien la operación o producto ofertado.
¿Qué deben hacer los clientes que tienen participaciones en preferentes?
La buena noticia es que ya existen sentencias faborables en este sentido. Por norma general, los consumidores afectados han acudido de manera conjunta a presentar sus reclamaciones a las entidades, y éstas han ofrecido adherirse a un convenio.
Nuestra recomendación no es el arbitraje sino una demanda individual por la vía civil solicitando la nulidad del contrato por vicio en el consentimiento y la devolución del efectivo. Si acudimos al arbitraje, que sea para reclamaciones de cierta entidad, superiores a los 10.000 euros.
Abogados bancarios en Adra (Almería)
Somos un despacho de abogados formado por un importante grupo de profesionales cualificados de primer nivel. Nos encontramos en la calle Natalio Rivas Nº 9, 2ª en Adra (Almería).
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